Área de Planeamiento Remitido nº 19 El Trigal

 

El asentamiento irregular denominado El Trigal se encontraba catalogado con el nº 1 dentro del CATÁLOGO DE ASENTAMIENTOS IRREGULARES del PGOU de Albacete. El ámbito se sitúa de forma paralelo a la Autovía A-31 Madrid-Alicante, a la altura del km 65, limitada al Noreste con la propia autovía y el área de servicio y está rodeada de suelo rustico de reserva por el resto de lados. Los terrenos son prácticamente planos con una suave pendiente norte sur y oeste este entre las cotas 680 y 674 m sobre el nivel del mar, con pendientes suaves.

El acceso principal se realiza a través de la mencionada Autovía A-31 y el acceso existente al área de servicio. La distancia al casco urbano es aproximadamente de 10 kilómetros.

La conocida como Urbanización El Trigal (también como Los Gabrieles), figuraba como suelo urbano en un área de planeamiento remitido (APR-19) con la obligación de redactar un Plan Especial de Reforma Interior para completar las infraestructuras y ,dada la nueva legislación impuesta por la LOTAU, las cesiones para dotaciones, no entrando en la zona delimitada. De es manera el ámbito de amplía en casi 30.000 m2 para la inclusión de la zona verde, los equipamientos y tres parcelas para tres viviendas unifamiliares aisladas, por indicación de la Unidad de Carreteras, al establecer la ley, el límite de edificación a 50m de la arista exterior de la autovía, se ha cambiado la calificación de la primera línea de parcelas (cinco) para ser de equipamiento deportivo y su edificabilidad se lleva a la franja sur.

Con la finalidad de cumplir los objetivos del P.G.O.U. (creación de una nueva zona de segunda residencia y completar la urbanización en cuanto a infraestructuras y cesión para uso y dominio público de los espacios libres y equipamientos contemplados y cuantificados en la ficha individual del Plan Especial) se justificó la procedencia de la formulación del PAU de gestión indirecta que el Ayuntamiento a través del I.M.V.U.A. gestionó, incluyendo la Modificación Puntual del PGOU, para la reclasificar terrenos rústicos en urbanos.

Así, fue la Comunidad de Propietarios la que promovió la tramitación a través de Gestión Indirecta.

La ordenación prevista ( con la ampliación incluida ) afectaba a 164.000 metros cuadrados, de los cuales 117.500 pertenecen a parcelas lucrativas. 18.592 a viales, 16.460 a espacios li6bres y 4.626 a equipamientos.

Como necesidades a cubrir por el proceso urbanizador se plantearon las siguientes:

  • Explanación, excavación, afirmado y pavimentación de viales.
  • Dotación de servicios: saneamiento de aguas residuales, agua potable, energía eléctrica y alumbrado público.

Las obras se finalizaron en el año 2011.

El número de viviendas prexistentes era de 90 y el número de parcelas finales es de 95, habiéndose consolidado con vivienda la totalidad de las parcelas a fecha de hoy.